Este es el decreto para atender emergencia en La Guajira

Foto: Archivo ENS

EL PRIMER decreto de emergencia social y económica para La Guajira, después de varias semanas de que el Gobierno del presidente Gustavo Petro se instalará en la región, fue expedido ayer.

Incluyó algunas medidas urgentes como la entrega de facultades especiales al Ministerio de Vivienda, además de la creación del Instituto de la Gestión del Agua de La Guajira.

Sobre el instituto, el Gobierno explicó que adelantará todas las gestiones posibles para lograr que la mayoría de las comunidades tengan acceso al sistema de agua potable, siendo un derecho inherente al ser humano.

De conformidad, según el decreto, las medidas para dicho departamento son la coordinación de acciones y proyectos vinculados con la gestión integrada del agua, así como la administración del acceso del recurso hídrico, promoviendo su uso sostenible.

Además, se plantea el desarrollo de estudios y programas para generar conocimientos de la oferta hídrica y la demanda de agua para consumo humano y otros usos. También, se habla de la estructuración y ejecución de planes para la protección y conservación del recurso hídrico en el departamento.



Otra de las medidas, que cabe resaltar, es el desarrollo y ejecución de análisis, para el diseño de estrategias y proyectos requeridos, incluyendo nuevas tecnologías, para asegurar el acceso a agua potable y saneamiento básico de la población, así como mitigar los efectos actuales y futuros de los eventos de variabilidad y cambio climático. Asimismo, garantizar la armonización para el uso del agua, para que prioritariamente sea de consumo humano en la región.

Con relación a las facultades al Ministerio de Vivienda, el decreto es claro al afirmar que “estarán facultados para realizar contrataciones directas con organizaciones sociales, cívicas, comunitarias y étnicas, las cuales tendrán por objeto adquirir los bienes, servicios y obras necesarias para hacer frente a los hechos que originaron la declaratoria de emergencia y/o conjurar sus efectos, aun cuando superen la mínima cuantía”.

Además de eso, plantea que “las entidades nacionales y territoriales competentes podrán constituir gravámenes de servidumbre a título gratuito sobre bienes inmuebles fiscales y baldíos adjudicables y no adjudicables”.