En plenaria del Senado se discutirá en segundo debate el proyecto de Ley por medio de la cual se eliminan la libertad condicional, redenciones y demás beneficios judiciales o administrativos para quienes cometen delitos sexuales.
De acuerdo con uno de los autores de la iniciativa, Juan Espinal, “el Estado colombiano tiene obligaciones internacionales derivadas de la Convención interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer y de la Convención sobre los Derechos del Niño de adoptar todas las medidas preventivas, punitivas, de protección y atención que contribuyan a erradicar todas las formas de violencia contra la mujer y los menores”.
“Como consecuencia de esas obligaciones y del preocupante panorama de abuso sexual en Colombia, esta iniciativa legislativa pretende excluir de beneficios judiciales y administrativos a las personas procesadas por el delito de violación. Con esto se genera una mayor protección a los derechos de las víctimas de estos delitos, se garantiza la no repetición y se contribuye a la erradicación de la violencia y la agresión sexual que padecen mayoritariamente las mujeres y los menores de edad”, expresó el congresista.
Asimismo resalta el informe estadístico del Inpec, donde se muestra que los delitos sexuales se encuentran entre aquellos por los que hay más población detenida en las cárceles de Colombia. De acuerdo con este informe hay 7.270 reclusos por el delito de actos sexuales con menores de 14 años (4,5%), 6.193 por el de acceso carnal abusivo con menor de 14 años (3,8%) y 3.243 (2,0%) por acceso carnal violento.
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De acuerdo con la congresista María José Pizarro, “este proyecto va en contravía de sentencias de la Corte Constitucional, viola los estándares de la Convención Americana de Derechos Humanos, incumple los principios de previsión y proporcionalidad de la política criminal y carece de la fundamentación empírica que justifique la necesidad de excluir de las medidas referidas a las personas condenadas por los delitos que dispone, entre otras graves e insubsanables falencias”.
“El proyecto desconoce también el estado de cosas inconstitucional del sistema carcelario y pretende tomar acciones totalmente contrarias a lo ordenado al respecto por la Corte Constitucional. En efecto, es contraevidente al plantear que “los delitos sexuales se encuentran entre aquellos por los que hay más población detenida en las cárceles de Colombia”, para a continuación pretender eliminar la posibilidad de que las personas privadas de la libertad por estas conductas puedan acceder a los beneficios de la libertad condicional, las redenciones de pena, los preacuerdos y rebajas, lo que haría aún más grave el hacinamiento en las cárceles del país”, señaló Pizarro.
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