Debido a la radicación de un proyecto de Ley con el que se promueven medidas a favor de la convivencia pacífica, la democracia y el pluralismo político, en el que están incluidos cambios en el código penal para quienes cometan delitos menores en el marco de la protesta social, ya se escuchan voces en contra de esta posibilidad.
La senadora Clara López, del Pacto Histórico, quien es la autora del proyecto, justifica así su iniciativa: “Todos tenemos claro que la protesta debe ser pacífica, pero también tenemos claro que la crisis de la pandemia ha exacerbado los ánimos y que tradicionalmente en las protestas se presentan desmanes y actos que en la mayor parte de los casos son repudiables. Pero es más repudiable catalogar estos actos y a los jóvenes de terroristas, lo que lleva a los jóvenes a penas de más de 40 años”.
“Es que ir a los extremos en la persecución penal de jóvenes a quienes la sociedad les ha incumplido en materia de igualdad de oportunidades y derechos, constituye una causa de polarización que es necesario desactivar. En razón de ello, este proyecto de ley propone un tratamiento no punitivo a los delitos menores que se cometan en el marco de la protesta social, tales como: la afectación de bienes públicos, el irrespeto a la autoridad y las posibles lesiones personales en el marco de la protesta”, agregó.
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Por su parte, Hernán Cadavid, representante del Centro Democrático, se manifestó en contra de la propuesta. “A nadie llevan a la cárcel 40 años por una protesta, solo por delitos cometidos dentro de la protesta, y ahora lo que quieren plantear es como si los delitos cometidos en medio de la protesta tuvieran una cierta inmunidad y eso no es así, porque terminan usando la protesta para delinquir. Ante eso nosotros nos oponemos y precisamente por eso hemos dado el debate”, declaró en entrevista a La W.
“Al Gobierno se le nota el afán de cumplirle un compromiso político a la primera línea, de eso no cabe duda y por eso han intentado todas las alternativas legislativas. Es que el Gobierno no es el que mete la gente a la cárcel. Aquí las personas que están procesadas es por la Fiscalía General ante un juez de la República por casos específicos”, añadió.
“Así a uno le parezca más o menos grave, uno no es quién para calificar una conducta. ¿Una persona que haya sido capturada por tratar de incinerar un banco con personas adentro es un delito de terrorismo o es una persona que debe estar en la calle haciendo pedagogía social?”, concluyó.
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