Se celebraron 25 años de la expedición de la Constitución política de 1991 y, para tal efecto, se escogió como escenario la histórica villa de Río Negro con el propósito de recordar la Constitución de 1863.
Si bien hay que reconocerle al estatuto constitucional de tal año la incorporación del derecho de gentes y de cláusulas importantes en materia de garantías y libertades públicas, también lo es que adoptó entre nosotros el sistema federal de gobierno que le permitía a cada Estado expedir sus propias leyes, tener ejército propio y administrar justicia. El paso del tiempo demostró que la implantación del sistema federal resultó inconveniente en ese momento de la historia porque le abrió paso al caudillismo regional y a las guerras civiles de 1876 y 1885; la última impuso la Constitución de 1886.
Para un próximo evento se debería tener en cuenta a la Villa del Rosario de Cúcuta, tierra natal del general Santander, en donde se expidió la Constitución de 1821 que reunió en un solo cuerpo a los territorios de Venezuela, Ecuador y la Nueva Granada para crear la Gran Colombia, teniendo como referente el modelo seguido por los Estados Unidos de América del Norte, y que plasmó en sus normas el pensamiento político de los libertadores, en particular el del General Bolívar, recogido en la Ley de Angostura de 1819.
La de 1991 ha sido la brújula de Colombia en estos 25 años transcurridos. Hay que destacar que permitió ampliar los espacios democráticos del país con la elección popular de alcaldes, de gobernadores y la adopción de la circunscripción nacional para el Senado con el fin de relegitimar el sistema democrático; ello a pesar de las dificultades que se han presentado con los mecanismos de financiación privada que se han abierto paso y que hay que corregir.
Lo que singulariza el texto Constitucional de 1991 es la carta de derechos y el conjunto de mecanismos que se establecieron para garantizar su protección. La acción de tutela ha sido un instrumento eficaz que ha permitido acercar la justicia al ciudadano del común.
En el afianzamiento de la Constitución el papel que ha jugado la Corte Constitucional ha sido de mucha importancia en la efectividad de los derechos fundamentales y, dentro de ese universo, ha sido relevante el desarrollo jurisprudencial del derecho a la igualdad.
Por otra parte, si todos buscáramos consolidar el marco creado por la Constitución de 1991, no de expedir una nueva Constitución; si entendiéramos la necesidad de introducirle ajustes al funcionamiento de la justicia, a la organización electoral, a la financiación de los partidos políticos y de remover los obstáculos que ha tenido la descentralización, entre otros temas, se impondría la necesidad de convocar una Constituyente limitada pronto y así enderezar el rumbo institucional y llegar con esa reformas urgentes a las elecciones de 2018. Pero en Colombia no actuamos a tiempo porque nos asedian muchos demonios y aplazamos la solución de los problemas más acuciantes.
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