Por iniciativa gubernamental se radicó en el Congreso el proyecto de acto legislativo para crear la Jurisdicción Agraria y Rural. Se encabeza señalando que “se busca saldar una deuda pendiente con la implementación del Acuerdo de Paz y del acceso a justicia para los campesinos y demás personas que viven en predios rurales”.
El proyecto se viene adelantando en la Comisión Primera de la Cámara de Representantes, ya pasa a plenaria y pretende crear una jurisdicción agraria para asuntos de tierras, que incluye una nueva Corte Agraria y Rural, la cual asumiría y solucionaría las disputas sobre tierras. En su favor, se ha pronunciado el ministro de Justicia y ha sostenido que es una apuesta para la paz.
Recientemente, todos a una, los presidentes de las Altas Cortes: la Suprema, el Consejo de Estado y el Consejo de Superior de la Judicatura, se pronunciaron en contra de la conveniencia de crear una jurisdicción especial para asuntos agrarios.
El primer argumento es que no es necesaria, pues dicha jurisdicción ya existe, es la justicia ordinaria, especializada en derechos reales, posesión; todo lo que tiene que ver con la propiedad, rural o urbana y con una tradición centenaria.
Advierte el presidente de la Corte Suprema de Justicia que los esfuerzos deberían concentrarse en fortalecer el sistema actual; más jueces, más capacitación, aprovechar mejor los recursos que se tienen: La razón lo acompaña, el sistema ya existe y no hay justificación para crear otro paralelo.
Como lo habíamos señalado, la propuesta implica nada más y nada menos que sustituir la Constitución. Aparte de la no deseable atomización de la rama jurisdiccional, tampoco pareciera ser oportuno la creación de una rama paralela de tierras, por elementales razones de gasto público.
Uno de los problemas mayúsculos que dejó la Constitución de 1991 fue la atomización del poder judicial. De dos Cortes que venían en la tradición institucional colombiana, pasamos a cuatro; se emancipó el control constitucional en una nueva Corte, formando rancho a parte y se creó el Consejo Superior de la Judicatura, con sala Disciplinaria, hoy la Comisión de Disciplina Judicial y la Sala Administrativa, también compuesta por cinco Magistrados. Por supuesto, que en todos estos años hemos visto los famosos choques de trenes, entre todas las Cortes de cierre, dando un espectáculo frente al ciudadano, que lo lleva a perder la confianza y la seguridad que debe tener sobre sus jueces.
Como si semejante escisión de la rama jurisdiccional fuera deseable, viene el proceso de paz con las Farc y crea la Jurisdicción Especial para la Paz, otra supercorte, que configura la quinta en la organización judicial del país.
Una real y verdadera democracia supone de ramas del poder público fuertes y no atomizadas como está sucediendo con la rama jurisdiccional. En tales condiciones se debilita la rama judicial y por ende se dificulta su principal función de ser el contrapeso y la columna de hierro en una democracia. La propuesta de jurisdicción agraria no es conveniente para el país, la jurisdicción ya existe y la iniciativa, además de inconstitucional, configura un debilitamiento de nuestra democracia.
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