Nada más humano y cristiano que la garantía social del trabajador, sea cual sea su condición social, económica, racial o cultural. El artículo 48 de la Constitución consagra este derecho sin distingos de ninguna naturaleza. Desde el alto ejecutivo, el profesional, el empleado o el obrero acceden a este derecho. Uno de los grandes errores de muchas personas, empresas o instituciones sean estas grandes, medianas o pequeñas, publicas o privadas, es no afiliar a sus trabajadores a la seguridad social, no cubrirle sus derechos y mas bien tratar de evitar esta responsabilidad y costo que se asume cuando se contrata a una persona.
Craso error evadir los derechos sociales del empleado disfrazando la vinculación como servicios prestados. Es cierto que los servicios prestados existen pero tienen un límite de tiempo y ciertas condiciones especiales, la ley lo advierte, que si por mas de un año ese tipo de vinculación persiste se convierte en contrato laboral. Pero más allá de eso está la intención del empleador, si bien este lo que persigue es evitar el pago de los beneficios sociales, lanza un boomerang que termina golpeándolo muy fuerte.
La ley laboral protege principalmente al trabajador, desde luego que también al patrono en el caso de abuso del empleado, pero por lo general el trabajador siempre sale triunfador en caso de litigio.
Pero analizando estas situaciones que son muy recurrentes en Colombia, cuando una persona se emplea aspira acceder a sus derechos laborales, aunque algunos llevados por la necesidad de trabajar aceptan las condiciones del empleador bajo la figura de salario integral, otros por contrato de prestación de servicios como independiente, pero en realidad es una vinculación laboral. Cuando esto sucede, casi siempre a la larga se convierte en un problema, porque el tiempo pasa y el derecho se consolida, el empleador convencido de haber hecho un buen negocio, no sabe lo que le espera, una reclamación acumulada enorme y mucho mas onerosa de lo que él pensó economizarse. Este precedente no tiene sentido, porque finalmente termina pagando con creces lo que debe.
Los derechos sociales son irrenunciables, así la persona lo acepte, lo exprese y lo firme, si se viola ese principio ahí continúa vivo. De esa manera lo establece la Constitución y la ley. La justicia según Ulpiano es “dar a cada cual lo que le corresponde”, principio fundamental del derecho. Jesús también afirmó: “dar al César lo que es del César y a Dios lo que es de Dios”, principio fundamental del cristiano. De manera que cumplir con el sagrado derecho de la seguridad social mas allá de una responsabilidad es evitarse un problema de grandes proporciones tiempo adelante. Piénselo y verá.
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