La Federación Nacional de Departamentos organizó durante abril y mayo, con la participación de los más calificados expertos, una serie de eventos en diversas regiones del país destinados a conmemorar los 160 años de la emblemática Constitución de los Estados Unidos de Colombia, firmada en Rionegro el 8 de mayo de 1863. Las Universidades Externado de Colombia, Pontificia Bolivariana, del Tolima y de Ibagué, Libre de Cartagena, del Cauca y la Universidad del Rosario, fueron sucesivamente las sedes de memorables jornadas de análisis y discusión en torno al significado de dicha constitución y al alcance actual de los conceptos de descentralización, autonomía territorial y federalismo.
La ciudad de Rionegro recibió igualmente los días 8 y 9 de mayo a una pléyade de académicos, juristas, politólogos, sociólogos, economistas, periodistas y líderes de opinión, quienes celebraron con los gobernadores y con representantes de todas las ramas del poder público el referido aniversario. Las reflexiones que allí se dieron en torno a los ejes temáticos identificados por la Federación fueron de un muy alto nivel y profundidad, como fue reconocido por los asistentes, medios de comunicación y amplios sectores de la academia y de la opinión, que continúan dando un amplio eco a lo que allí se planteó por los intervinientes y que ha puesto en evidencia, no solamente el muy rico legado dogmático de la Constitución de Rionegro, sino la vigencia de la reivindicación de los territorios para orientar su propio destino y ser actores reales de la defensa de sus intereses y del desarrollo económico y social.
El fin de conmemorar los 160 años de expedición de dicha Carta, no ha sido en efecto revivir controversias, ni generar factores de división, sino el de analizar con sus luces y sombras esa experiencia federal, con el fin de encontrar en los elementos positivos de ese legado, la mejor manera de defender y afianzar la institucionalidad en los territorios.
Se trata de construir un Estado más fuerte, más próximo a la diversa realidad, que genere más confianza, y que atienda en debida forma las necesidades de la ciudadanía en todos los puntos de nuestra extensa geografía nacional. Se trata, no solamente de la conmemoración de un hito importante del proceso de construcción de nuestra institucionalidad, desconocido para muchos, o no suficientemente valorado por algunos sectores de la opinión, sino a la luz de ese legado, de poner en el centro de la agenda pública nacional la urgente reflexión sobre las deudas pendientes en materia de autonomía territorial, el cabal desarrollo de los mandatos establecidos en la Constitución de 1991 en esta materia, y de abrir el debate sobre las necesarias reformas que deben acometerse con el fin de responder a la cada vez más fuerte reivindicación de las entidades territoriales para poder gestionar de manera autónoma y eficaz sus propios asuntos y poder adoptar por sí mismas las decisiones que les conciernen y afectan a sus habitantes.
Así, por ejemplo, la fórmula en materia de finanzas públicas ideada por la Asamblea Nacional Constituyente de 1991 implicaba que las entidades territoriales debían tener una amplia participación en las rentas nacionales. Las reformas de 2001 y 2007 que fueron en sentido contrario, con el fin de sanear las finanzas locales e introducir correctivos en su gestión, han cumplido en gran parte su cometido y es momento de retomar la senda original. Se deben acompañar por supuesto las nuevas reformas de elementos de gradualidad, control y seguimiento, pero sobre todo de una lógica positiva que mire a las entidades territoriales como actores que pueden demostrar capacidad y responsabilidad y no como sujetos de una nueva especie de control de tutela.
Se debe iniciar un proceso de resignificación de la autonomía por parte de todos los actores públicos y privados para que finalmente el modelo ideado en la Constitución pueda hacerse realidad. Los habitantes del territorio deben tomar conciencia del empoderamiento que traería para ellos, lo que implica necesariamente arraigar la confianza en las capacidades de las autoridades de los entes territoriales, al tiempo que supone un fortalecimiento del compromiso ciudadano, y por contera, de los espacios de control por parte de las comunidades a la gestión de los agentes públicos locales, que debe estar guiada por los fines del Estado (artículo 2 CP), y enmarcada en los principios de la función administrativa (artículo 209 CP) y en los más altos estándares de gerencia pública.
@wzcsg
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